Senado aprueba reforma para que partidos políticos puedan regresar prerrogativas

Ciudad de México.- En sesión ordinaria de este miércoles, el Pleno del Senado aprobó, en lo general y en lo particular, la reforma para que los partidos políticos regresen sus prerrogativas, por lo que se envió al Ejecutivo federal para su decreto.

La iniciativa impulsada por Morena adiciona los artículos 23 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos y un artículo 19 ter a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de renuncia parcial y, en su caso, reintegrar el financiamiento.

En lo general, el proyecto de decreto fue avalado por 68 votos a favor, 28 en contra y cuatro abstenciones; mientras que en lo particular se aprobó en los términos del dictamen por 56 votos a favor frente a 38 en contra y una abstención.

La propuesta busca establecer dentro de los derechos y obligaciones de los partidos políticos que éstos podrán renunciar parcialmente y, en su caso reintegrar, en cualquier tiempo, su financiamiento para actividades ordinarias permanentes en caso de catástrofes sufridas en territorio nacional por cualquier desastre o fenómeno natural.

Esto, siempre y cuando no se vea afectado el cumplimiento de dichas actividades y prevalezcan en su financiamiento los recursos públicos sobre los de origen privado.

El reintegro de recursos correspondientes al financiamiento para actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos también será aplicable tratándose de remanentes del ejercicio respecto de este tipo de financiamiento.

Éstos deberán reintegrarse a la Tesorería de Federación por acuerdo del Consejo General de la autoridad electoral, cuando no hayan sido entregados a los partidos políticos y a solicitud del Comité Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido.

En el caso de que los recursos ya se hubieran entregado a los partidos políticos o de remanentes del ejercicio, por concepto de financiamiento para actividades ordinarias permanentes, el Comité Ejecutivo Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido, tramitará su reintegro ante la Tesofe e informará al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) la decisión correspondiente.

Se modificó el artículo 19 Ter de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para establecer que los ingresos, por concepto de aprovechamientos, que correspondan a las disponibilidades o remanentes de recursos que los partidos políticos enteren a la Tesorería de la Federación y podrán ser destinados por la Secretaría preferentemente para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

Con información de Quadratin

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