Los ‘servidores de la nación’ son un ejército de promoción de López Obrador… pero el Trife lo exculpa

CIUDAD DE MÉXICO.-. Ya está documentado judicialmente lo que siempre se creyó: que los “servidores de la nación” forman un ejército de promoción de Andrés Manuel López Obrador.

Pero exonera al tabasqueño al igual que a los altos funcionarios y recae la culpa sobre funcionarios menores como delegados y subdelegados, a quienes responsabiliza también de violar los derechos infantiles al usar imágenes de niñas y niños en los promocionales institucionales.

La resolución es de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuyos magistrados constataron que ese grupo morenista entrega los beneficios de los programas sociales con ek nombre del tabasqueño.+

Pero, temerosos, los togados aclararon en su resolución:

“En la resolución, no se le atribuye responsabilidad alguna la presidente de México, porque no autorizó el uso de su nombre e imagen, ni participó en los hechos denunciados. tampoco se concretó esa responsabilidad el partido político de Morena”.

También eludió responsabilizar a la secretaria de Bienestar, Luis Albores González, y otros funcionarios responsables de manejar esos macro recursos entre la población:

“En cuanto a María Luisa Albores González, titular de la Secretaría de Bienestar, y Gabriel García Hernández, coordinador general de Programas para el Desarrollo del gobierno Federal, se concluyó que no son responsables de las infracciones”.

Y si están al frente de todo ese personal, ¿por qué no son responsables?

La respuesta del Tribunal:

“…la ejecución de los programas sociales es responsabilidad de las y los titulares de las delegaciones federales”.

O sea, la cult poor´-ia recaer en “36 stevedores y servidoras públicas (en delegaciones, subdelegaciones regionales y “servidores de la nación”) realizaron actos de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con la entrega de programas sociales, que demás se difundieron en diversos redes de estas personas del servicio público y en notas periodísticas”.

Otra falta -el Trife no dispone ninguna sanción por ello- es la vulneración “del interés superior de la niñez” porque en diversas publicaciones se observan imágenes de niños, “sin que se demostrara contar con el consentimiento y la opinión tanto de las niños y los niños, como del padre, madre o tutor”.

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