La elección popular convertiría en políticos a los jueces y dejarían de impartir justicia, advierte el magistrado De la Mata

CIUDAD DE MÉXICO, 25 de febrero de 2024.- Los nombramientos de jueces no constitucionales no debe ser una cuestión sometida a votación, pues existe el riesgo de que las consideraciones políticas prevalezcan sobre los méritos.

Así lo advirtió el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, al impartir una conferencia magistral en la Universidad de Guadalajara con temas como la independencia judicial.

Resaltó que la independencia judicial es contraria a la elección popular de jueces por lo que esa no es la vía correcta.

“Dejarán de ser jueces y se convertirán en políticos, así de claro”, y si se parte del principio de que no serían jueces sino políticos viene el tema de la imparcialidad, aseguró.

Llamó la atención sobre las presiones a las que estarían sometidos los “jueces políticos” para ser electos como el financiamiento y la intervención de poderes fácticos que, hasta ahora, no han intervenido jamás en la elección de juzgadores ya que esta se da por méritos.

Garantizar la independencia de los jueces en cualquier estado constitucional de derecho es indispensable para que exista democracia, para que hayan derechos humanos, dijo, tras advertir que la elección popular de la judicatura no garantiza la independencia judicial, sino al contrario: representa un riesgo latente.

El magistrado electoral mencionó que un país donde no existe independencia judicial no puede llamarse democrático, y resaltó que los jueces no pueden hallarse en una situación que pueda cuestionar su independencia.

El principal factor de la independencia judicial, agregó, tiene que ser el reconocimiento del Poder Legislativo a todos los estándares internacionales y nacionales. Es necesaria la independencia judicial porque garantiza la división de poderes, puntualizó, ante el cuerpo académico y estudiantes.

Al destacar que los jueces deben tener una actitud de neutralidad frente a las partes y frente a los órganos de gobierno diferentes al Poder Judicial, expuso que se trata también de una actitud frente al trabajo pues se debe realizar sin presiones, como una obligación ética de los juzgadores de no dejarse presionar ni por gobiernos, por la comentocracia o la opinión pública.

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