Emplaza la Secretaria del Trabajo a empresas a pagar utilidades conforme a la ley

CIUDAD DE MEXICO.- El reparto de utilidades es un derecho constitucional establecido en el artículo 123 que reconoce que el trabajo es determinante en la generación de las ganancias de las empresas, y que los trabajadores deben recibir anualmente una parte proporcional de las mismas informaron en forma conjunta la Secretaria del Trabajo y la Secretaria de Hacienda.

Las utilidades se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos. Una vez que las empresas presentan la declaración anual, los empleadores están obligados a repartir las utilidades de la siguiente manera:

+ Si es persona moral: del 1 de abril al 30 de mayo. + Si es persona física: del 1 de mayo al 29 de junio. Tienen derecho al reparto de utilidades:

+Todos los trabajadores y extrabajadores de planta y eventuales que laboraron al menos 60 días durante el año

+ Los considerados en servicio activo

+ Trabajadores que tienen incapacidad temporal

+ Con licencia de maternidad

Los trabajadores cuentan hasta con un año para solicitar las utilidades.

En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, deben enviar su denuncia al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx

El derecho de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas es un mecanismo que estimula la productividad, ya que se concibe como una retribución al esfuerzo.

Además, contribuye a generar mejor distribución de la riqueza y mayor justicia social.

Para mayor información, pueden visitar el minisitio de reparto de utilidades en: http://omawww.sat.gob.mx/repartodeutilidades/Paginas/reparto_utilidades.html

Con información de Quadratín CDMX

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