Uber, Rappi, Didi… todas las plataformas de reparto ganan millones sin dar protección social a los conductores

CIUDAD DE MÉXICO.- Al no contar con seguridad social, los conductores de plataformas digitales como Uber, Rappi y Didi, arriesgan su vida, por lo que colectivos solicitan que se regule su contratación.

Al respecto, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dar a conocer si está elaborando una propuesta de reforma legal para regular la contratación de personas conductoras que usan las plataformas digitales para brindar el servicio, así como los pormenores de dicha propuesta.

“Las plataformas digitales, ya sean de reparto o de movilidad, son un medio que genera riqueza para los empleados y familias mexicanas (…) el principal problema que perciben las personas que tienen un empleo por esta vía es la falta de acceso a seguridad social, ya que indican su trabajo es más arriesgado, pero no cuentan con herramientas para protegerse en caso de sufrir accidentes, algo a lo que están expuestos día a día”, comentó la Comisionada Josefina Román Vergara, al exponer el caso ante el Pleno.

Resaltó que en un foro sobre plataformas digitales y seguridad social del futuro, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, representantes de diversas plataformas digitales de movilidad plantearon propuestas para que los conductores y repartidores cuenten con seguridad social; añadió que, en octubre de 2022, diversos colectivos de plataformas digitales entregaron a Uber, Rappi y Didi una propuesta de articulado para la regulación del trabajo digital, la cual fue previamente presentada ante la STPS.

Recordó que, en entrevistas diversas, la titular del sujeto obligado, Luisa María Alcalde, dio a conocer que en 2023 planeaba crear un capítulo sobre plataformas digitales en las Leyes Federal del Trabajo y en la General del Seguro Social, para reconocer este tipo de relaciones laborales.

Al respecto, una persona solicitó a la STPS que le informara si se encuentra elaborando o no una propuesta de reforma para regular la contratación de personas conductoras que usan plataformas digitales para brindar el servicio, y se le entregara una copia de ésta, se detallen sus objetivos, las aplicaciones que se incluirán, las autoridades involucradas, el avance, las leyes y criterios para su elaboración, los problemas que busca resolver y la fecha de terminación.

En su respuesta, el sujeto obligado indicó que se están llevando a cabo análisis encaminados a elaborar una iniciativa, cuyo fin sea el de consolidar derechos y obligaciones del sector patronal y de los trabajadores.

Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual señaló que la respuesta fue escueta y no atiende los cuestionamientos planteados.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Josefina Román, se concluyó que no obra constancia de que se haya consultado a la oficina de la Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Subsecretaría del Trabajo, la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral y la Dirección General de Previsión Social, áreas que, conforme a sus funciones y atribuciones, guardan relación con la implementación de reformas en materia laboral.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la STPS y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva de información, con un criterio amplio, en todas las áreas que por sus funciones y atribuciones resulta incompetentes, a efecto de localizar información relacionada con la reforma para regular la contratación de personas conductoras de las plataformas digitales.

Con información de Quadratín CDMX

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