Vía libre a campañas del gobierno con denuncias a la oposición: hablar de BOA no es propaganda, dice el Trife

CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inexistencia de vulneración al principio de imparcialidad, promoción personalizada y utilización indebida de recursos públicos.

No se hacen propaganda Andrés Manuel López Obrador ni Jesús Ramírez Cuevas, Coordinador General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, al hablar del supuesto Bloque Opositor Amplio (BOA).

La constitución de éste, negado por todos los partidos y cuya demostración no se ha logrado, sirve para fustigar a los opositores al gobierno y se menciona un documento muy primario y de autoría desconocida denominado Rescatemos a México.

  Lo anterior, por la exposición del documento Rescatemos a México, atribuido supuestamente a un denominado Bloque Opositor Amplio (BOA), durante la conferencia de prensa matutina del Presidente de la República de 9 de junio. 

El pasado 5 de octubre, la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que el documento Rescatemos a México no podía considerarse propaganda gubernamental, porque no daba a conocer acciones de gobierno, avances o desarrollo económico y beneficios o compromisos cumplidos por parte del Gobierno a la ciudadanía.  

Asimismo, la Sala Especializada valoró que el documento se presentó en la conferencia de prensa matutina en el apartado de preguntas y respuestas formuladas por medios de comunicación, lo que calificó como un legítimo ejercicio periodístico amparado por la libertad de expresión e información, donde en el intercambio se dio cuenta de una visión hipotética sobre la manera en que actuarán diversas personas a las que se identificó como parte de un “bloque opositor”. 

Además, para la Sala Regional, el documento tampoco podía ser considerado como propaganda electoral, ya que del análisis integral de su contenido y el contexto en que se presentó, no se desprendía que estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía para que vote a favor o en contra de algún partido político o candidatura en los procesos electorales 2020-2021. 

Inconforme con esa resolución, el PAN acudió a la Sala Superior, la cual coincidió con la Sala Regional Especializada en el sentido de que no se acreditó que el mensaje estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales para votar a favor o en contra de algún partido o de alguna candidatura, por lo que no se trasgredió el principio de imparcialidad.  

Tampoco se advirtió que se realizara una exaltación de la figura o calidad del Titular del Ejecutivo Federal, al referirse a la supuesta promoción personalizada a favor del presidente de la República. 

Quadratín México

Comentarios

Tags

Noticias recientes

Chivas está cerca de dejar sus contratos con la televisión comercial mexicana y hacer alianza con Amazon Prime Video

Otra tragedia con la pólvora: una explosión mata a cinco personas y lesiona de gravedad a un niño de tres años en Ayotlán, Jalisco

López Obrador asegura haber cumplido todos sus compromisos y un presumió una vez más bajas ficticias en inseguridad

A 3 giros de final, Checo rebasa en curva a 2 y alcanza podio en Sprint