Ordena el Trife investigar un spot en radio y TV del diputado Luis Alegre en Quintana Roo

CIUDAD DE MÉXICO.— Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) investigar la transmisión de spots en radio y televisión del federal Luis Alegre Salazar.

Considerado el principal prospecto del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), lo denomina #ElParaisoPuedeEsperar para promover #QuedateEnCasa durante la actual pandemia de coronavirus.

El legislador comenzó a difundirlo desde hace varias semanas, campaña a la que agrega visitas a muchas comunidades de Quintana Roo y reparto de enseres de protección, desde cubrebocas hasta despensas.

De acuerdo a un comunicado, esto luego de que el Partido Acción Nacional (PAN) acudió a la Unidad Técnica para solicitar medidas cautelares contra el funcionario público, dada la proximidad del inicio del proceso electoral en esa entidad, ya que se considera un acto de promoción personal.

Sin embargo, la Unidad Técnica del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un acuerdo en el que se suspenden los plazos respecto a la tramitación del procedimiento especial sancionador, hasta que se determine la fecha de reanudación de actividades suspendidas por la pandemia del Covid 19.

El PAN impugnó el acuerdo, y hoy en sesión privada no presencial y bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior le dio la razón al dejar sin efectos dicho acuerdo y determinar que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, carece de competencia para suspender la tramitación y resolución de las medidas cautelares, debido a que la autoridad facultada para ello es la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

La Sala Superior instruyó a esa Unidad Técnica a investigar y verificar la existencia de los mensajes difundidos en radio y la posible responsabilidad contra el diputado federal.

Una vez recabada la información tendrá que poner al tanto a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, para que resuelva y emita las medidas cautelares en un plazo de 24 horas e informar por medio electrónico.

La Sala Superior consideró que la solicitud de medidas cautelares emitidas por el partido político quejoso, deben ser atendidas por los órganos competentes, y en dado caso suspender la transmisión de los spots en radio difundidos en Quintana Roo.

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