La Constitución; esa monserga

La Constitución; esa monserga

RAFAEL CARDONA

Hace algunos años, con motivo de la apertura del mercado eléctrico y en un debate en el Senado, Juan José Rodíguez Prats explotó (como es su fácil costumbre), y les dijo a los priístas cuya muralla se oponía a sus argumentos: ya dejen esa monserga de la Constitución.

Si bien la dicha monserga no era la constitución en sí, sino la facilidad con la cual se le invocaba para todo, la respuesta fue fulgurante. Y fue de Manuel Bartlett quien aun no lucía la toga del converso ni militaba en las filas del PT o de Morena.

–La Constitución  no es una monserga; y si no les gusta, pues ganen las elecciones, tomen el poder y cuando lo hagan cambien la Constitución. Eso dijo, palabras más, palbras menos,el priista Manuel Bartlett, con el mismo talante de cuando Don Fidel Velásquez dijo (sin cumplirlo), tomamos el poder a balazos y nomás a balazos nos lo van a quitar. Puro cuento. 

En México, tradicionalmente la ley no es una obligación es un estorbo. 

Y la reciente declaración del presidente en torno de la inconstitucionalidad de su contrarreforma eléctrica así lo demuestra: si es anticonstitucional cambio la Constitución.

Estos sionm mis princiuoiosm, dijo Groucho: si no le gustan, pues… tengo otros.

Eso me recordó las palabras del ministro en retiro, José Ramón Cossío, el dia de su ingreso al Colegio Nacional:

“..El Derecho en nuestro país suele verse como un obstáculo para conseguir algo. Suele verse como un conjunto de reglas farragosas, a veces obsoletas, a veces inútiles, mediante las cuales las personas encuentran impedimentos para realizar sus conductas. Sin embargo, estimo que el Derecho es probablemente la mejor ivención social del ser humano para construir sus relaciones jurídicas e, insisto, formatizar su cotidianidad y su estatus en la vida misma.

“En México, el Derecho está altamente descuidado en diversos ámbitos. A veces -y lo digo con el mayor respeto- la clase política lo utiliza en condiciones puramente instrumentales. En ocasiones en la judicatura -y me pongo yo como ejemplo y no involucro a nadie más-, no nos damos cuenta de la trascendencia de los precedentes que generamos para crear normas de conducta para otros tribunales. En ocasiones, la administración repite in- sensatamente las normas jurídicas en una condición cuasi mecánica.

“También hemos descuidado enormemente la educación jurídica en el país, en donde tenemos más de dos mil escuelas de Derecho y es extraordinariamente fácil adquirir un reconocimiento de validez oficial para abrir una escuela y otorgar títulos indiscriminadamente. Me parece que en el lado de los litigantes, al no existir una co- legiación obligatoria ni estándares para mantenerse en el ejercicio profesional cotidiano, se lastima a muchísimas personas: a sus intereses, a su patrimonio y, en ocasiones, a su libertad o hasta su vida.

“Asimismo, en el ámbito de la academia llevamos muchos años reproduciendo lo que dicen los textos jurídicos, pero no hacemos la función social que históricamente se ha hecho con la ciencia jurídica: ordenar las normas, identificarlas, sistematizarlas, explicarlas pero, también, generar elementos de restricción al ejercicio del poder público.

“Por ello y por paradójico que parezca, afirmo que en México el Derecho requiere insti- tucionalizarse. Aunque la expresión pueda parecer redundante, considero que como sociedad necesitamos establecer mejores formas de institucionalización y de utilización del Derecho para salir de muchos de los problemas que tenemos y, seguramente, de muchos otros que nos sobrevendrán, algunos de ellos, desafortunadamente, propicia-

dos por el Derecho mismo.

“ ¿Por qué he decidido hacer esta breve reflexión jurídica ante la enorme oportunidad que significa dirigirme a todos ustedes? Porque me parece que esto que acabo de decir se aviene muy bien a lo que el decreto de creación de El Colegio Nacional de 1943 y el de reformas del 71, impone a los mismos miembros de El Colegio Nacional. 

“Como muchos saben, y lo reafirmo sólo para los que no lo conozcan, este Colegio tiene como función primordial llevar a cabo la difusión de los conocimientos de sus integrantes, tanto en el segmento de conocimiento especializado como en el de divulgación.

“El estar en este espléndido sitio con tan distinguidos colegas y contar con un foro así para la transmisión de conocimientos jurídicos, me obliga a tratar de construir, de pensar, de reflexionar, sobre las deficiencias del orden jurídico mexicano y de las formas a través de las cuales lo aplicamos y analizamos. “

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