Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó invalidar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.
Las tres faltas tampoco serán declaradas delito contra la seguridad nacional.
Por mayoría de votos, la Corte dio la razón a la CNDH y organizaciones que impugnaron las reformas realizada a la Ley de Seguridad Nacional.
De acuerdo con el portal de López Dóriga, Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, argumentó que dictar prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal violaría los derechos humanos de las personas señaladas y considero que era “inconvencional”.
Con información de López Doriga y RSS