Celebra López Obrador resolución del Tribunal Electoral para intervenir en las elecciones

CIUDAD DE MÉXICO.- El presidente Andrés Manuel López Obrador celebró la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se revocar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se le prohibía fijar posturas sobre temas electorales.

Durante su conferencia mañanera, el mandatario se congratuló “que el Tribunal Electoral haya tomado esa resolución de que no se limite, no se censure esta conferencia mañanera. Según entiendo en ese sentido va la resolución del Tribunal, actuaron muy bien”.

En la víspera, el INE emitió un lineamiento que prohibía al mandatario nacional y gobernadores fijar posturas políticas sobre elecciones y candidatos.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del pasado 15 de enero emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que emitió los lineamientos para las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, para que dejara de opinar sobre las elecciones intermedias durante las mañaneras.

La Sala Superior determinó que, contrario a lo considerado por el Consejo General del INE, la emisión de dicho acuerdo no implicó la emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito.

En la sentencia se señala que la naturaleza de la medida de no repetición requiere un estudio de fondo que corresponde a la autoridad jurisdiccional, y no a la etapa de la medida cautelar.

“En sesión privada, bajo el formato de videoconferencia, las y los magistrados determinaron sobre el acuerdo INE/CG26/, relativo a la solicitud de medidas cautelares por el PRD por la conferencia matutina del 23 de diciembre, que el instituto partió de la posibilidad de que el presidente López Obrador repitiera un hecho similar, sin embargo, derivado de denuncias previas, nunca se ha determinado que esas conductas tengan un carácter ilícito”.

De acuerdo con el TEPJF, con esos argumentos la Sala Superior declaró improcedente el dictado de las medidas referidas y dejó sin efectos el acuerdo impugnado, lo que no prejuzga ni representa un pronunciamiento de fondo sobre las conductas denunciadas en el procedimiento especial sancionador que dio origen a las medidas que revoca esta resolución.

Con información de 24 Horas

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